Secretaría
Trámites
Esta información puede sufrir modificaciones durante su actualización. Comprueba que estás accediendo a su última versión pulsando F5 y verificando la fecha de última actualización al final de la página.
En la Secretaría de la EOI de Alcorcón se pueden realizar los siguientes trámites. Pulse en la opción deseada:
- Solicitud de ampliación de permanencia en un curso
- Certificados académicos personales: historial de los estudios realizados en las Escuelas Oficiales de Idiomas donde constan los cursos aprobados, convocatorias, traslados, etc.
- Certificación académica de haber superado los Niveles Básico, Intermedio y Avanzado.
- Certificado Elemental de los alumnos que tienen aprobado el tercer curso del Ciclo Elemental (plan LOGSE).
- Justificantes de matrícula: En ellos se refleja la matrícula del alumno, el horario y los días de clase. También puede mostrar el importe de las tasas académicas abonado por el alumno.
La solicitud de estos certificados puede hacerse personalmente en la Secretaría de la Escuela, por teléfono o por correo electrónico desde nuestra página web, a partir del 15 de julio si se trata de alumnos que aprobaron en la convocatoria de junio y a partir del 15 de octubre si aprobaron en la convocatoria de septiembre (si lo pide el mismo año en que aprobó el examen).
La expedición de los certificados y justificantes no tiene ningún coste y se podrán recoger dos días después de su solicitud tanto en la secretaría como en la conserjería de la Escuela en horario de atención al público. Consulten horario de atención al público.
- Tramitación del Certificado de Aptitud del plan LOGSE. Para aquellos alumnos que aprobaron 5º curso del Ciclo Superior (plan LOGSE). Es preciso el pago de tasas académicas de expedición de títulos y suele tardar un año.
- Tramitación del Certificado de Nivel Básico, Intermedio y Avanzado del plan LOE, expedido por la Comunidad de Madrid. Es preciso el pago de tasas académicas por expedición de títulos.
Los certificados se solicitarán a partir del 15 de julio si se trata de alumnos que aprobaron en la convocatoria de junio y a partir del 15 de octubre para los que aprobaron en la convocatoria de septiembre (solo si pide el certificado el mismo año en que aprobó el examen).
Documentación necesaria para la expedición de títulos
Es necesario presentar fotocopia de al menos uno de los documentos de identidad que se detallan a continuación:
- DNI
- NIE
- Permiso de residencia temporal o definitivo
- Tarjeta de extranjero y pasaporte
- Visado de estudios y pasaporte
- Tarjeta de residencia o resguard de estar tramitándola y pasaporte.
Y además:
- Resguardo de haber abonado las tasas mediante el impreso 030 obtenido siguiendo los pasos que figuran en el siguiente enlace.
- Las familias numerosas de régimen general tienen una reducción del 50 % y las de carácter especial están exentas del pago de tasas, al igual que las víctimas de terrorismo.
- Se solicita ante la imposibilidad de asistir a clase. Se concede automáticamente.
- El formulario puede recogerlo en la conserjería de la escuela o descargarlo desde esta página. Debe presentarlo por duplicado durante los 30 primeros días del curso escolar. Enlace al formulario.
- Si desea continuar los estudios el curso siguiente se deberá solicitar plaza nuevamente.
- Esta renuncia se hará constar en el expediente académico.
- La matrícula no contabiliza a efectos de permanencia en un curso.
- La Consejería de Educación no contempla la devolución de las tasas académicas.
Se solicita por motivos tales como bajas médicas de larga duración, motivos laborales o académicos, incompatibilidad horaria, u otros motivos similares.
- El formulario puede recogerlo en la conserjería de la escuela o descargarlo desde esta página. Debe presentarlo por duplicado en el centro, acompañado del justificante que motiva la anulación. Enlace al formulario.
- Puede solicitarse hasta 30 días antes de la finalización del curso escolar (finales de abril).
- Son resueltas por el Director/a de la Escuela y se envía una notificación al alumno comunicando su concesión o denegación.
- Solamente puede solicitarse una vez a lo largo de los 6 cursos y en caso de ser concedida se reserva la plaza exclusivamente para el curso siguiente en el mismo nivel e idioma.
- Esta matrícula no contabiliza para la permanencia en los cursos.
- La Consejería de Educación no contempla la devolución de las tasas académicas.
Traslado de centro antes del comienzo de curso:
Los alumnos que estando matriculados en una Escuela Oficial de Idiomas, desearan trasladar su expediente a una EOI de la Comunidad de Madrid para proseguir en ésta sus estudios a partir del curso siguiente, serán resueltas, una vez finalizado el proceso de adjudicación de plazas para los alumnos de nuevo ingreso. La preinscripción la podrá realizar entre el 1 de junio y 15 de septiembre.
El alumno debe solicitar a la Escuela de origen una "Certificación académica de traslado" en la que conste el último curso realizado y la situación académica del alumno.
Documentación que hay que presentar:
- Preinscripción en la E.O.I. de Alcorcón
- Certificación académica de traslado
Traslado de centro antes de haber finalizado el curso:
La solicitud de traslado a otra Escuela Oficial de Idiomas sin haber concluido el curso no podrá realizarse con posterioridad al 30 de abril y sólo es posible para los cursos de duración anual. Es conveniente comprobar si hay plazas disponibles en la EOI a la que se desea trasladar.
El alumno debe solicitar a la Escuela de origen una "Certificación académica de traslado" en la que conste el curso actual y la situación académica del alumno.
Documentación que hay que presentar:
- Certificación académica de traslado en la que conste el curso actual y la situación académica del alumno.
- Justificante de matrícula, si proviene de una EOI de la Comunidad de Madrid. Si se trata de otra Comunidad Autónoma deberá abonar las tasas académicas (excepto la Comunidad de Castilla y León).
Tanto en el traslado antes del comienzo de curso como una vez iniciado éste, la EOI de Alcorcón solicitará su expediente a la Escuela de origen y la matriculación se considerará definitiva a partir de la recepción del expediente académico del alumno.
Ampliación de permanencia en un curso
La Dirección General de Ordenación Académica, a solicitud del interesado, podrá conceder la ampliación de la permanencia en un curso más en supuestos de enfermedad, o causa sobrevenida que merezca igual consideración, que impidan el normal desarrollo de los estudios.
Documentación a presentar en la secretaría de la E.O.I.
- Solicitud de permanencia (por duplicado), que podrá recogerlo en la conserjería de la escuela o descargarlo desde esta página. Debe presentarlo por duplicado durante los 15 días siguientes a la publicación de las notas. Enlace al formulario.
- Cuanta documentación considere oportuna.
La EOI envía una notificación al alumno comunicando su concesión o denegación.







